Requisitos Generales / Específicos
REQUISITOS GENERALES:
Los(as) postulantes deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos Nº 46 y 47 del Decreto Supremo Nº 69 de 2004, del Ministerio de Hacienda, y lo señalado en el artículo 8° del D.F.L. N° 29 de 2004 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834 del Estatuto Administrativo para la provisión de cargos de Jefes de Departamento y equivalentes, a saber:
1.- Ser funcionario de planta o a contrata de algún Ministerio o Servicio regido por el Estatuto Administrativo. En el caso de los funcionarios a contrata, deben haberse desempeñado en tal calidad, al menos, durante los tres años previos al concurso, en forma ininterrumpida
2- Estar calificado en Lista Nº 1 de distinción;
3.- No estar afecto a las inhabilidades contenidas en las letras b), c) y d) del inciso segundo del artículo 27 del Reglamento sobre Concursos, las inhabilidades son:
i. No haber sido calificado durante dos períodos consecutivos (se exceptúan todos aquellos casos señalados en los Dictámenes de la Contraloría General de la República).-
ii. Haber sido objeto de la medida disciplinaria de censura, más de una vez, en los doce meses anteriores de producida la vacante (vacante del cargo a partir del 01.09.2015).-
iii. Haber sido sancionado con la medida disciplinaria de multa en los doce meses anteriores de producida la vacante (vacante del cargo a partir del 01.09.2015).-
4.-Sin perjuicio de lo anterior, los postulantes no deberán estar afectos a las inhabilidades contenidas en los artículos 54 y 56 ambos del DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, esto es:
i. Tener vigente o suscribir, por si o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.-
ii. Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.-
iii. Ser director, administrador, representante o socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.-
iv. Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.-
v. Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.-
REQUISITOS ESPECIFICOS:
De acuerdo a lo establecido en el DFL Nº 20 de 2008, del Ministerio de Salud, los requisitos para el ingreso a este cargo son, alternativamente:
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Título profesional de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por este, y acreditar una experiencia profesional no inferior a tres años en el sector público o privado, o
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Título de una carrera de, a lo menos ocho semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por este, y acreditar una experiencia profesional no inferior a cinco años en el sector público o privado.-