- Remuneración publicada corresponde a una planta Contrata en Grado 23°, más asignación de turno, lo que suma una renta líquida aproximada de $469.818.
- Las personas que ingresen, deberán firmar un compromiso futuro para posterior cambio del turno del tercero al cuarto.
- Primer nombramiento a prueba por tres meses, renovable previa evaluación de la jefatura directa.
- Los plazos publicados para cada una de las etapas, pueden ser modificados en razón del adecuado desarrollo del proceso.
- La ausencia de algún documento solicitado, será detonante de la imposibilidad de postular.
- Sólo se contactará, vía e-mail y/o telefónica a los candidatos preseleccionados que aprueben el filtro curricular, los que serán citados a evaluación técnica y psicolaboral de competencias (segunda etapa) y una entrevista con comisión de selección especialmente creada para estos fines (tercera etapa).
- La inasistencia a cualquiera de estos llamados, dejará automáticamente fuera a los postulantes.
- No se devolverán los antecedentes recabados para efectos de esta convocatoria.
- El hospital Dr. Exequiel González Cortés, se reserva el derecho de declarar el proceso desierto en el caso que no se presenten candidatos idóneos. Salud compatible con sistema de turnos y disponibilidad para realización de horas extraordinarias.
- No serán consideradas aquellas postulaciones que sean realizadas a través del e-mail de consulta.
Aviso Pizarrón: Es un tipo de publicación que no permite postular en línea, ya que el Portal de Empleos Públicos es utilizado sólo como medio complementario de difusión de la convocatoria y no como medio de postulación. En este contexto, esta publicación, no contiene necesariamente toda la información del proceso, por lo que la persona interesada debe consultar mayores antecedentes directamente al Servicio Público responsable del aviso.
Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.
En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.