Requisitos Generales / Específicos
Los establecidos en el art. 12 del DFL 29, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 18.834 sobre Estatuto Administrativo.
· Ser ciudadano(a).
· Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
· Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
· Haber aprobado la educación media y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exige la ley;
· No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria;
· No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargo públicos, ni hallarse condenado por crimen o simple delito.
No estar afecto a algunas de las inhabilidades que se establecen en el artículos 54 de la ley 18.575.- y 85 y siguientes del Estatuto Administrativo.
Lo establecido en el D.F.L. N° 1,de 2016, del Ministerio de Desarrollo Social sobre el cumplimiento de requisitos para el estamento Profesional:
a) Título profesional de una carrera de, a lo menos 10 semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste, o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente, y acreditar una experiencia profesional no inferior a 2 años.
b) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos títulos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente, y acreditar una experiencia profesional no inferior a 3 años.
*Sin perjuicio de lo anterior, para el desempeño de esta función será necesario contar una experiencia profesional no inferior a 5 años, contados desde la fecha de titulación.
Asimismo, deberá en caso de ser contratado/a declarar que tiene situación militar al día, que no ha recibido ninguno de los bonos o incentivos al retiro, que no ha cesado en un cargo público por calificación deficiente en los últimos 5 años, que no ha cesado en un cargo público por medidas disciplinarias, que está habilitado/a para el ejercicio de funciones o cargos públicos y acreditar con los respectivos certificados originales, el título de profesional idóneo para el desempeño de las funciones encomendadas y poseer salud compatible con el cargo.