Esta convocatoria fue declarado Desierto
- Cumplir con los requisitos de ingreso a la administración Pública consignados en el artículo Nº 12 de la Ley N.º 18.834 (Estatuto Administrativo).
- No encontrarse afecto a causales de inhabilidades previstas en el Artículo 56 de la Ley N.º 19.653.
- Contar con registro en Superintendencia de Salud.
- Renta bruta entregada corresponde a un grado 23° EUS, más asignación de Cuarto Turno y Ley de Urgencias (todas las asignaciones ya fueron consideradas en el monto final entregado).
- Renta publicada corresponde a una renta bruta de una planta TECNICA, correspondiente a un grado 23°, cuya monto líquido corresponde a $419.000 aproximadamente.
- Primer nombramiento a prueba por tres meses, renovable previa evaluación de la jefatura directa.
- Los plazos publicados para cada una de las etapas, pueden ser modificados en razón del adecuado desarrollo del proceso.
- La ausencia de algún documento solicitado, será detonante de la imposibilidad de postular.
- Sólo se contactará, vía e-mail y/o telefónica a los candidatos preseleccionados que aprueben el filtro curricular, los que serán citados a evaluación técnica y psicolaboral de competencias (segunda etapa) y una entrevista con comisión de selección especialmente creada para estos fines (tercera etapa).
- No se devolverá la documentación recepcionada y los plazos podrían estar sujetos a algún tipo de modificación en virtud del correcto funcionamiento del proceso.
- La inasistencia a cualquiera de estos llamados, dejará automáticamente fuera a los postulantes.
- El hospital Dr. Exequiel González Cortés, se reserva el derecho de declarar el proceso desierto en el caso que no se presenten candidatos idóneos.
- Las postulaciones realizadas a través de correo electrónico de consultas, no serán consideradas en el concurso.
Aviso Pizarrón: Es un tipo de publicación que no permite postular en línea, ya que el Portal de Empleos Públicos es utilizado sólo como medio complementario de difusión de la convocatoria y no como medio de postulación. En este contexto, esta publicación, no contiene necesariamente toda la información del proceso, por lo que la persona interesada debe consultar mayores antecedentes directamente al Servicio Público responsable del aviso.
Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.
En virtud de la entrada en vigencia de la ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan. La persona que figure en el registro deberá autorizar como condición habilitante para su contratación/nombramiento, que la institución respectiva proceda a hacer las retenciones y pagos directamente al alimentario.