Condiciones
La vacante corresponde a un cargo a contrata para la Subdirección de Gestión y Desarrollo de Personas, su renta es acorde al estamento profesional grado 9° de la E.U.S. Se hace presente que la remuneración se incrementa durante los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre según la Ley Nº 19.882. La remuneración indicada corresponde a un estimado de la remuneración bruta mensualizada, esto quiere decir, un promedio entre dos meses de remuneración sin bono y una remuneración con bono. Asimismo, el monto entregado no contempla el incremento por reajuste del sector público para el año 2025. Además, las contratas duran como máximo, hasta el 31 de diciembre de cada año y las personas que los sirvan expiran en sus funciones en esa fecha, por el sólo ministerio de la ley, salvo que se proponga una prórroga con, a lo menos, treinta días de anticipación. El personal del Servicio Local de Educación Pública del Aconcagua estará afecto a las disposiciones del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo y, en materia de remuneraciones, a las normas del Decreto Ley N° 249, de 1974, y su legislación complementaria.
Objetivo del cargo
Apoyar la Instalación del Servicio Local de Educación Pública, a través de la implementación y el control los procesos de gestión de personas y los procesos administrativos relacionados con la vida laboral de los funcionarios(as) de los establecimientos educacionales y el Servicio Local, garantizando el cumplimiento de la normativa vigente y conforme a los lineamientos y procedimientos internos del SLEP.
Perfil de la Función
Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.
Formación Educacional
Título Profesional de Recursos Humanos/Gestión de Personas, Administración o Administración Pública.
Especialización y/o Capacitación
Deseable contar con estudios de postgrado en alguna de las siguientes áreas: Estatuto Administrativo, Estatuto de los Profesionales de la Educación, Estatuto de los Asistentes de la Educación Pública, Gestión y/o administración de recursos humanos.
Asimismo, deberá tener conocimientos respecto a las siguientes materias:
- Office (Word, Excel, PowerPoint y Outlook), Sistema de desarrollo profesional docente (Ley N°20.903) y Código del Trabajo (D.F.L. N°1 del 31 de julio de 2002) en nivel intermedio.
- Ley N°18.834 sobre Estatuto Administrativo, Ley N°19.070 que Aprueba Estatuto de los Profesionales de la Educación y Ley N°21.109 que Establece un Estatuto de los Asistentes de la Educación Pública en nivel avanzado.
Experiencia sector público / sector privado
Deseable:
- Al menos 2 años de experiencia como profesional del área de Gestión de Personas de instituciones públicas.
- Al menos 1 año de experiencia como profesional del área de Gestión de Personas de instituciones públicas sostenedoras de establecimientos educacionales.
Competencias
Competencias transversales del cargo:
Adaptabilidad y aprendizaje: Habilidad para adaptar su estilo de trabajo a las distintas situaciones de su entorno. Considera la contingencia y contexto en que se encuentra, la etapa de desarrollo de los equipos y comunidades educativas. Reflexiona y analiza su propia experiencia y aprende de ella.
Cumplimiento de normas y procedimientos: Respeta las políticas institucionales, comprendiendo la importancia de seguir los procedimientos para el correcto logro de los objetivos; es la habilidad para adherir sus prácticas laborales con los valores, normas y metas del servicio, promoviéndolas en su entorno.
Comunicación efectiva y afectiva: Es la habilidad comunicacional y social que se manifiesta en la capacidad de expresar las ideas y opiniones de manera clara, directa, oportuna, respetuosa y constructiva en la relación con otros y otras, y, sobre todo en el abordaje de situaciones difíciles o conflictivas en las que se requiere planteamientos verbales concretos y oportunos que conduzcan a decisiones u orientaciones concretas.
Trabajo en Equipo: Corresponde a la capacidad de formar parte de un equipo, con una misión, objetivos y metas comunes. Utilizar habilidades de comunicación que facilitan la participación, la colaboración, la opinión, la resolución de conflictos de manera adecuada y el desarrollo de prácticas cooperativas en un ambiente de confianza.
Competencias específicas para el desempeño del cargo:
Capacidad de Gestión: Habilidad para planificar, organizar, administrar y ejecutar eficiente y eficazmente los recursos y actividades propias del cargo contribuyendo a los de su área.
Resolución de Problemas: Capacidad para reconocer y delimitar problemas, identificar y analizar información para buscar posibles soluciones e implementarlas para responder con prontitud y de manera práctica a las contingencias.
Atención al Detalle: Es la capacidad para abordar minuciosamente aspectos específicos en las tareas, identificando y corrigiendo errores que afectan la calidad del trabajo.
Planificación y Organización: Es la capacidad de priorizar, establecer un orden y control de sus tareas y actividades de acuerdo con el cumplimiento de plazos y objetivos de su cargo.
Resiliencia: Es la habilidad de demostrar capacidad de adaptarse y recuperarse de situaciones difíciles, cambios o desafíos, manteniendo un desempeño efectivo. Aprende de las experiencias adversas y mantiene una actitud constructiva.
Requisitos Generales
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:
a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia;
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente;
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo;
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley;
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria;
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
Etapas de Selección
La evaluación de los factores se llevará a cabo de forma independiente y sucesiva cada una, para determinar si los/as postulantes avanzan a la siguiente fase respectiva. El proceso de selección contempla distintas fases para determinar a los(as) mejores postulantes, quienes serán presentados(as) al Director(a) Ejecutivo(a) o quien le subrogue para su definición. Los(as) postulantes que presenten alguna discapacidad, que les produzca impedimento o dificultad en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán, deberán informarlo en su postulación, a fin de adaptar estos instrumentos y garantizar la no discriminación por esta causa. Las evaluaciones consideradas para este proceso podrán llevarse a cabo por una consultora externa. Las personas que no asistan a alguna citación realizada para las distintas etapas, sin justificación ni excusas correspondientes y pertinentes, quedarán fuera del proceso. Las personas que no envíen los documentos requeridos para la postulación no serán admisibles en el proceso de selección.
PRIMERA FASE: Evaluación de Admisibilidad: Se considera admisible todo postulante que cumpla con los requisitos generales y específicos antes descritos. En caso de corresponder; también serán consideradas como pre-filtro del proceso de selección en esta etapa, las preguntas incorporadas en el portal de empleos públicos.
SEGUNDA FASE: Evaluación de Antecedentes Curriculares: Esta fase corresponde a la revisión y evaluación de los antecedentes de los(as) postulantes considerando la formación educacional y experiencia profesional, solo de aquellos que hayan superado la evaluación de admisibilidad. La formación educacional se debe acreditar mediante certificado, al igual que las capacitaciones, que deberán contener fecha y cantidad de horas, y se deberán adjuntar a la postulación. Respecto a la experiencia profesional, se entenderá por el desempeño acreditado desde la fecha de la obtención del título Profesional y se acredita a través de certificados o documentos que indiquen a lo menos:
- Nombre de cargo
- Funciones desempeñadas
- Periodo en el cual se ejecutaron las funciones
*Solo serán considerado cómo válido el certificado que se encuentre timbrado y firmado por la persona responsable que acredita la experiencia y que sea coherente a la experiencia requerida*.
Puede utilizar el formato dispuesto por la Dirección Nacional del Servicio Civil en http://www.empleospublicos.cl/documentos/certificadoLaboral.doc
Sin perjuicio de lo anterior, en ningún caso podrán pasar a la fase siguiente más de 15 postulantes, lo cual se definirá considerando la sumatoria de los puntajes obtenidos por los postulantes en las etapas anteriores, ordenados de manera decreciente. En caso de igualdad de puntajes entre postulantes el mecanismo de desempate primordial será la experiencia en instituciones públicas sostenedoras de establecimientos educacionales, y de no ser suficiente, la experiencia en cargos similares. En esta etapa se deberán asignar los puntajes establecidos en las pautas de selección, consignando con detalle en la nómina de análisis curricular estableciendo los candidatos que avanzan a la siguiente etapa.
TERCERA FASE: Evaluación Psicolaboral: En esta fase, se evaluará la adecuación de los(as) candidatos(as) que aprueben la fase anterior, respecto del nivel de competencias, adecuación psicolaboral y compromiso con la función pública requerida para la ocupación del cargo. Los resultados obtenidos por los(as) candidatos(as) según esta evaluación, son Recomendable, Recomendable con Observaciones y No recomendable. Solo las personas evaluadas como Recomendables o Recomendables con Observaciones pasan a la siguiente fase. Lo anterior sin perjuicio de los requisitos generales y específicos descritos anteriormente.
CUARTA FASE: Evaluación Técnica: Para aprobar esta fase, los/as postulantes deberán rendir pruebas escritas o presentarse a una entrevista semi-estructurada donde se evaluarán conocimientos técnicos sobre las materias vinculadas a la Ley 21.040 y contenidos relacionados con las funciones propias del cargo, descritas en el perfil. Los/as postulantes deberán obtener un porcentaje de aprobación mayor o igual al 4.0, de lo contrario no podrán pasar a la siguiente fase. Quienes accedan a esta etapa, se le informará al correo electrónico indicado en la ficha de postulación respecto de la modalidad, fecha y hora en que rendirán la prueba. Sin perjuicio de lo anterior, en ningún caso podrán pasar a la fase siguiente más de 5 postulantes, lo cual se definirá considerando la sumatoria de los puntajes obtenidos por los postulantes en las etapas anteriores, ordenados de manera decreciente. En caso de igualdad de puntajes entre postulantes el mecanismo de desempate primordial será la experiencia en instituciones públicas sostenedoras de establecimientos educacionales, y de no ser suficiente, la experiencia en cargos similares.
QUINTA FASE: Entrevista Comité de Selección: Entrevista Comisión de Selección, consiste en realización de una evaluación de apreciación general a los candidatos, la que podrá realizarse de manera online o presencial. La Comisión de Selección propondrá a la autoridad facultada para adoptar la decisión final, un listado de elegibles con los más altos puntajes finales de idoneidad del proceso, si los hubiere, y un máximo de cinco (5) candidatos/as por cada vacante a proveer. Ante la imposibilidad de conformar una terna, se presentará la dupla o el (la) postulante considerado(a) como idóneo(a) para ocupar el cargo. Luego de que se resuelva el proceso de selección, se avisará a través de un correo electrónico a los y las participantes que no han superado las etapas anteriores.