Fase | Fechas |
Postulación |
Difusión y Plazo de Postulación en www.empleospublicos.cl | 20/12/2024-30/12/2024 |
Selección |
Proceso de Evaluación y Selección del Postulante | 30/12/2024-31/01/2025 |
Finalización |
Finalización del Proceso | 31/12/2024-31/12/2024 |
El portal estará habilitado para recibir postulaciones hasta las 10:00 horas del día 30/12/2024
Correo de Contacto: thomas.varela@cultura.gob.cl
Condiciones Generales
Las personas interesadas en postular deberán hacerlo únicamente a través del Portal de Empleos Públicos, para lo cual deberán registrarse previamente como usuarios de éste y adjuntar los documentos solicitados en Documentos Requeridos para postular.
Se tomarán como válidos sólo los formatos ubicados en Anexos de la plataforma de Empleos Públicos, estos son: Declaración Jurada, Certificado de Experiencia Laboral, entre otros según lo establecido en “Documentos Requeridos para Postular”. No se considerarán en el proceso, las postulaciones que presenten la documentación requerida incompleta o no actualizada a la fecha de publicación de esta convocatoria.
A la fecha de cierre de la recepción de las postulaciones al proceso de selección, las personas interesadas deberán haber acreditado por completo todos sus antecedentes y requisitos solicitados.
Los resultados parciales de las etapas del proceso podrán ser entregados a quien lo solicite, una vez que el proceso de selección se encuentre finalizado.
Las personas postulantes son responsables de la completitud y veracidad de la información que presentan. Las personas postulantes que no adjunten los antecedentes y/o no actualicen su CV en la página web de empleos públicos requeridos quedarán fuera del proceso.
Las personas postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultades en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán, deberán informarlo en su postulación, para adoptar las medidas pertinentes, de manera de garantizar la igualdad de condiciones para la totalidad de postulantes que se presenten en este proceso de selección.
No se recibirán postulaciones mediante otra vía que no sea el Portal de Empleos Públicos (correo electrónico, Oficina de Partes, etc.)
En el caso de tener dificultades y/o dudas respecto a la postulación o con la plataforma, deberá dirigirse directamente a la mesa de ayuda del portal de empleos públicos al 800-104270.
Realizada la notificación, cada persona postulante seleccionada deberá manifestar su aceptación del cargo ante la Subsecretaría del Patrimonio Cultural, dentro del plazo de tres (3) días hábiles contados desde la fecha de notificación. Si así no lo hiciere, la Subsecretaria nombrará a alguno de los otros postulantes propuestos.
En caso de presentarse un rechazo al cargo, se podrá activar, mediante confirmación de la contraparte requirente, la notificación de quién vendría en orden de prelación del puntaje final obtenido en el proceso de selección, según listado de postulantes idóneos.
Se deja establecido en estos lineamientos que, la nómina de postulantes idóneos elegibles resultantes de este proceso de selección servirá para cubrir nuevas vacantes que se requiera proveer para el mismo o similar perfil (aunque sea con diferente grado). Dicha nómina tendrá una vigencia de 6 meses contados desde la fecha de finalización del proceso de selección.
En el evento que el desempeño de la persona postulante seleccionada no cumpliera con los estándares esperados, dicha contratación se extinguirá de pleno derecho al término de la prórroga en cuestión, momento en el cual se podrá activar el Listado de Postulantes Idóneos, que corresponde a la lista de personas que, como resultado final del proceso de selección realizado, presentan el puntaje y/o características requeridas para ser consideradas idóneas para el cargo convocado.
Dicha lista tendrá una validez de 12 meses, según lo señalado en el dictamen N°67.959 de 2016 contados desde la fecha de finalización del proceso de selección y permitirá activar automáticamente un nuevo nombramiento, bajo un nuevo período de evaluación a prueba, conforme al orden de prelación obtenido en el proceso de selección y en base a la disponibilidad de quienes fueron postulantes.
Además, según lo señalado en los principios de eficiencia y economía procesal que imponen a los órganos los artículos 3 y 5 de ley 18.575 y 9 de ley 19880, “obligan a concluir que conviene aprovechar los procesos de selección de personal destinados a proveer vacantes, para llamar a la confección de una lista de postulantes elegibles”.
El proceso de selección podrá ser declarado desierto por falta de postulantes idóneos, entendiéndose por éstos aquellas personas candidatas que no cumplan con el perfil y/o los requisitos establecidos.
Los resultados parciales de las etapas del proceso podrán ser entregados a quien lo solicite, una vez el proceso de selección se encuentre finalizado.