Objetivo del Cargo
Brindar atencion como Medico a usuarios de Hospitalizacion Domiciliaria y de Cuidados Paliativos
Requisitos Generales / Específicos
Certificado de Titulo de Medico Cirujano de una Universidad del estado o reconocida por este.
Contar con EUNACOM
Perfil del Cargo
Formación Educacional
Contar con Titulo de Medico Cirujano de una Universidad del estado o reconocida por este.
Especialización y/o Capacitación
Contar con curso de IAAS (minimo 27 hrs)
Contar con curso de RCP (minimo20Hrs.)
Experiencia sector público / sector privado
Idealmente contar con experiencia laboral
Mecanismo de Postulación
Interesados en postular y que cumplan requisitos favor enviar su CV actualizado al correo de gonzalo.gallegos.b@redsalud.gob.cl
Calendarización del Proceso
| Etapa | Fechas |
|---|
| Etapa | Fechas |
| Postulación |
| Difusión y Plazo de Postulación | 27/10/2025-14/11/2025 |
| Evaluación |
| Proceso de Evaluación y Selección del Postulante | 17/11/2025-21/11/2025 |
| Finalización |
| Finalización del Proceso | 24/11/2025-28/11/2025 |
El plazo para recibir postulaciones es hasta las
17:00 horas del
14/11/2025.
Correo de Consultas
gonzalo.gallegos.b@redsalud.gob.cl
Condiciones Generales
a) Ser ciudadano
o extranjero poseedor de un permiso de residencia. (Ley 21325 Art. 175 N° 5 D.O. 20.04.2021).
b) Haber cumplido con la ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente;
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo;
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley.
Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace. (Ley 21690 Art. 2° N° 1 D.O. 24.08.2024).
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones.
Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal. (Ley 21643 Art. 3 N° 1 D.O. 15.01.2024).
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito.
Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal. (Ley 20702 Art. 1 D.O. 15.10.2013).