Fase | Fechas |
Postulación |
Difusión y Plazo de Postulación en www.empleospublicos.cl | 09/01/2025-15/01/2025 |
Selección |
Proceso de Evaluación y Selección del Postulante | 16/01/2025-12/02/2025 |
Finalización |
Finalización del Proceso | 13/02/2025-21/02/2025 |
El portal estará habilitado para recibir postulaciones hasta las 23:59 horas del día 15/01/2025
Correo de Contacto: postulaciones@supereduc.cl
Condiciones Generales
En el proceso de postulación, la persona interesada deberá adjuntar los documentos solicitados en el Portal Empleos Públicos de acuerdo a las características que se indican a continuación:
1. Copia de cédula de identidad por ambos lados: de carácter obligatorio y requisito para ser considerado postulante admisible.
2. Copia de certificado que acredite nivel educacional, requerido por ley: de carácter obligatorio y requisito para ser considerado postulante admisible. En este caso, se deberá adjuntar una copia simple del certificado de título profesional; no considerándose válido para la acreditación del cumplimiento de requisito mínimo el certificado de Licenciatura u otros.
En el caso de tratarse de títulos o certificado de títulos obtenidos en el extranjero, el postulante deberá adjuntar, además, la documentación que acredite la validación de este en Chile (reconocimiento y/o convalidación; según corresponda).
3. Copia de certificados que acrediten capacitación, certificación, postítulos y/o postgrados, relacionados con el cargo, si posee: no afecta la admisibilidad, pero se utilizarán para calificar la etapa de Evaluación Curricular. Para esta etapa, se considerarán acordes aquellos relacionados directamente con las temáticas indicadas en el punto “Especialización y/o Capacitación” del Perfil de Cargo, por lo que no se otorgará puntaje en tales factores si no se adjuntan en el Portal.
No serán considerados los estudios incompletos o en curso. En el caso de los cursos de capacitación, estos se deben haber realizado durante los últimos 5 años, contados desde la fecha de publicación de este llamado.
4. Copia de certificados que acrediten experiencia laboral profesional, para avalar el cumplimiento de la experiencia requerida por el DFL, emitidos por cada empleador, que indique(n) el periodo desde la fecha de ingreso hasta fecha de egreso, más el cargo y las funciones desempeñadas debidamente firmado; en el caso de los títulos profesionales de 8 o 9 semestres.
No se considerarán válidos como certificados para acreditar experiencia laboral profesional documentos tales como certificados de cotizaciones, de antigüedad, contratos de trabajo, cartas de recomendación o cualquier otro que no mencione la información requerida.
5. Certificado de situación militar al día (*) en el caso que corresponda según la ley, el postulante masculino, deberá presentar el documento emitido por la Dirección General de Movilización Nacional, de carácter obligatorio y requisito para ser considerado postulante admisible. Para el caso de postulantes extranjeros que cuenten con la nacionalidad chilena o posean un permiso de residencia definitiva, deberán adjuntar a su postulación una copia del certificado emitido por la Dirección General de Movilización Nacional el cual acredite que no tiene obligaciones con el D L 2 306 y su Reglamento Complementario.
6. Declaración jurada completa, debidamente individualizada y firmada en cuanto a que cumple con los requisitos de ingresos Art. 12 letra c), e) y f) e inhabilidades Art. 54 DFL 1/19.653; de carácter obligatorio y que será requisito para ser considerado postulante admisible. Se debe adjuntar el formato de declaración jurada que contenga toda la información mencionada; pues de otra forma no se considerará válido.
7. CV (curriculum vitae) en formato libre, de carácter obligatorio y que será requisito para ser considerado postulante admisible.
Ley N° 21.389 que crea del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos
De conformidad a la Ley N° 21.389 -en el que se contiene el nuevo artículo 36, inciso primero, de la Ley N° 14.908 sobre abandono de familia y pensiones alimenticias- se contempla que:
Toda persona, para ingresar a las dotaciones de la Administración del Estado, del Poder Judicial, del Congreso Nacional o de otro organismo público, o ser nombrado o contratado en alguna de estas instituciones, o promovido o ascendido, previamente será consultado por la Institución contratante en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, y de certificarse una inscripción vigente, en calidad de deudor de alimentos, deberá autorizar como condición habilitante para su contratación, nombramiento, promoción o ascenso, que la institución respectiva proceda a retener y pagar directamente al alimentario el monto de las futuras pensiones de alimentos, más un recargo de un diez por ciento, que será imputado a la deuda de alimentos hasta extinguirla íntegramente. Tratándose del nombramiento, contratación, promoción o ascenso en cargos directivos de exclusiva confianza de la autoridad facultada para efectuar el nombramiento, en cargos de alta dirección pública del primer y segundo nivel jerárquico de acuerdo al Título VI de la Ley N° 19.882, y en cargos con remuneración bruta mensualizada igual o superior a 80 unidades tributarias mensuales, el recargo será de un veinte por ciento.
Importante
Los/as interesados/as deberán contar con el certificado que acredite la duración de semestres de su título profesional declarado en la pregunta de postulación en caso de ser solicitado.
Las personas interesadas que no realicen la postulación en el Portal Empleos Públicos y/o no adjunten toda la documentación considerada obligatoria, no serán considerados/as postulantes admisibles. Es responsabilidad de el o la postulante, adjuntar la documentación solicitada en los plazos y formas mencionadas; de forma legible y sin errores, no existiendo por parte de la Superintendencia la responsabilidad u obligación de solicitar adicionar o corregir antecedentes/información para la evaluación de los/as candidatos/as si esta no es legible o el/los archivo/s se encuentra/n dañado/s.
No se recibirán postulaciones mediante otra vía que no sea el presente portal.
Las notificaciones se realizarán al correo electrónico que indique el/la candidato/a en el Portal Empleos Públicos, por lo tanto, es fundamental que este se encuentre correctamente escrito. Es responsabilidad del/la postulante revisar esta casilla para informarse de eventuales notificaciones.
Las etapas y fechas acá mencionadas son tentativas, y pudieran modificarse en razón del número de postulaciones recibidas y disponibilidad de las unidades involucradas.
En el caso que el/la postulante sea funcionario/a de la Administración Central o Local, debe recordar que según señala la normativa vigente, los cargos a contrata son incompatibles con los cargos de planta, por lo que en la eventualidad de que el/la postulante seleccionado/a sea titular de un cargo, deberá renunciar a este.
Las personas que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento para postular y/o participar de las etapas de evaluación, deberán informarlo en su postulación para adoptar las medidas pertinentes, de manera de garantizar la igualdad de condiciones a todos/as los/as interesados/as en este proceso de selección por antecedentes, esta información será utilizada únicamente para los fines anteriormente descritos sin perjuicio del/la postulante y con el objetivo de promover procesos de reclutamiento y selección más inclusivos. Si requieres adaptaciones para realizar tu postulación, escríbenos a postulaciones@supereduc.cl
Los antecedentes recabados para este proceso de selección podrán ser utilizados hasta por 12 meses para vacantes que tengan un perfil similar, o igual al solicitado en esta convocatoria.
A la fecha de cierre de la recepción de las postulaciones al proceso de selección, las personas interesadas deberán haber acreditado por completo todos sus antecedentes y requisitos solicitados.
Las personas postulantes son responsables de la completitud, integridad y precisión de la información que presentan. El solo hecho de postular al empleo se entiende como que la persona postulante cumple todos los requisitos mínimos legales de ingreso descritos en esta publicación, así como también que no tiene alguna de las inhabilidades descritas en este aviso.
La/s persona/s seleccionada/s en este Proceso de Selección por Antecedentes, si lo hubiera una vez finalizado este, deberá hacer entrega de la documentación original solicitada en este llamado.
Ante dudas sobre la postulación consultar al correo postulaciones@supereduc.cl, indicando en el asunto: “Código 0022025 Postulación a Cargo: Conciliador(a) Regional Tarapacá”.
El realizar una pregunta no exime a la persona postulante de cumplir con los plazos acá indicados. No se recibirán postulaciones mediante otra vía que no sea el presente portal.
El proceso de selección podrá declararse desierto, por falta de postulantes idóneos/as, entendiéndose por estos aquellas personas candidatas que no cumplan con el perfil y/o los requisitos establecidos.
La Superintendencia tendrá la potestad de solicitar a la totalidad de los/as postulantes que completen su postulación en caso de que falte algún adjunto a la postulación, no estando obligada a realizar esta acción.
Sobre Confidencialidad de la Información
El personal de la Superintendencia deberá guardar absoluta reserva y secreto de las informaciones de las cuales tome conocimiento en el cumplimiento de sus labores, sin perjuicio de las informaciones y certificaciones que deba proporcionar de conformidad a la ley. Las infracciones a esta norma serán consideradas falta grave para efectos administrativos, lo que no obsta a las sanciones penales que procedan (Art. 105 Ley 20.529).
El personal de la Superintendencia tendrá prohibición absoluta de prestar a las entidades sujetas a su fiscalización otros servicios que los señalados en la ley, ya sea en forma directa o indirecta. Cualquier infracción a esta norma será constitutiva de falta grave para los efectos de establecer su responsabilidad administrativa, sin perjuicio de las demás sanciones que procedan de conformidad a la ley (Art. 106 Ley 20.529).